Conforme al pronunciamiento de la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados de la Nación, aprobando con fecha 9-5-2013 el Proyecto de Resolución en el que se proponía
“Expresar rechazo por la aplicación del ‘Sindrome de Alienación Parental –SAP-‘ y su terapia, como trastorno a ser diagnosticado en procesos judiciales de familia”
el Colegio de Psicólogos de la Prov. De Bueno Aires, distrito XV, reitera su posición declarada de la siguiente manera:
Inexistencia del S.A.P. postura del ejercicio profesional.
“Según ACTA 670, foja nº193, de fecha 25 de julio del corriente año. Allí se propone que el Colegio de Psicólogo/as Distrito XV, a través del Consejo Directivo, tome postura y la manifieste en un link titulado ”Postura del Ejercicio Profesional” Desde ese momento, entre otros temas, el Consejo Directivo, en cumplimiento de la ley del ejercicio profesional y el Código de Ética, expresa y se expide acerca de la inexistencia del llamado S.A.P (Síndrome de Alienación Parental), basándose en los siguientes antecedentes:
Comunicado expedido por el Consejo Directivo del Colegio de Psicólogos/as Mar del Plata; nota periodística “Una sordera perversa” (Diario Página 12, Sección Las 12, 22/06/12); nota periodística Diario Pagina 12, titulada ”La re vinculación en el nombre del padre” (Página 12, sección Las 12, 06/07/12); Link del trabajo realizado por la Lic. Liliana Pauluzzi-Directora de la Casa de la Mujer de Rosario, titulado “El backlash y el síndrome de alienación parental”. Este síndrome, inexistente, no ha sido reconocido por ningún manual diagnóstico del mundo, ni por la Organización Mundial de la Salud, carece de toda seriedad, fundamento científico y vulnera de modo gravísimo los derechos de los/as niños/as establecidos en la Convención Internacional de los Derechos del Niño/a, en la Constitución Nacional, en las leyes nacionales y provinciales de protección integral de los derechos de los niños y niñas en la República Argentina”.
En la presente oportunidad nos vemos obligados a ampliarlo como consecuencia de la proliferación de estos casos en algunos Tribunales de Familia, tanto de Provincia como de la CABA [1], en los que el avasallamiento de los derechos del niño/a ha llegado a niveles insospechados, constituyéndose los Magistrados y hasta los propios Asesores y Defensores de Menores, en verdaderos acosadores que intentan aplastar su dignidad subjetiva persiguiéndolos, no escuchándolos, obligándolos a re vincularse por la fuerza pública, y en los casos más extremos, revirtiendo la tenencia.
Hay niños/as que, como efecto de haber denunciado a su progenitor y/o por haber sido escuchados por sus madres y éstas por haber actuado en consecuencia, - esto es, denunciaron el delito e intentaron proteger a sus niños del agresor-, se los ha castigado de la peor e inconcebible manera: por medio de la fuerza pública – uniformada y armada– allanando el domicilio materno se han llevado a los niños/as a vivir con el padre sospechado de abuso o maltrato, prohibiéndole a la madre todo tipo de contacto con sus hijos, y en algunos casos, haciéndolo extensivo a todos los familiares y allegados por la vía materna.
Tal como dice Gardner, el inventor del SAP, este objetivo, que claramente es no escuchar las denuncias de los niños/as y separarlos de sus madres, sólo se logra con el armado de un dispositivo que incluye a un tribunal “especializado”, el apoyo de la fuerza pública y el “acompañamiento terapéutico” a cargo de “profesionales” también “especializados”, que aplicarán lo que él denomina “terapia de amenaza”, a través de la cual “desprogramarán” a los niños/as iniciándolos a “una nueva vida”. Este disparate trágico, que oscila entre mesiánico, despótico y delirante, ES LO QUE SE ESTÁ PONIENDO EN PRÁCTICA HOY. Hay niños/as que hace 4/5 años que no pueden ver a sus madres y conviven con su agresor.
Es por tanto indispensable reafirmar nuestro más profundo rechazo a estos procedimientos presuntamente “psicológicos” y a los “colegas” que se prestan para implementarlos, basándonos en que incurren en una absoluta inobservancia del Código de Ética y de la Ley de Salud Mental.
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